Consejo Escolar
Presidente: | Flavia Valeria Bertoya |
Vicepresidente: | Dario Hernan Ricca |
Tesorera: | Andrea Catellani |
Secretaria: | Gladys Mabel Firma Paz |
Vocal 1: | Silvina Mariela Schell |
Vocal 2: | Paulo Favio Bykaluk |
Secretaria administrativa: | Paula Andrea Huenchupan |
Secretaria Técnica: | – |
Legislación Vigente
Registro de títulos
- Requisitos:
- Título Original Legalizado.
- Fotocopia de documento.
Registro de cursos y capacitación
- Requisitos:
- Curso o capacitación original legalizado por la rama, con constancia de carga horaria, de 20 horas reloj o 30 horas cátedra como mínimo. O número de resolución.
- Fotocopia de Título registrado.
- Nro. de foja si es Titular en la Provincia de Buenos Aires.
Títulos y cursos de otras provincias y Capital Federal
Los títulos de otras provincias deben ser legalizados por el Ministerio del Interior.
Los cursos de otras provincias deben estar certificados por el ente educativo correspondiente a la provincia y luego legalizados por el Ministerio del Interior.
Títulos y Cursos del Extranjero
Los títulos de otros países deben pasar por el Programa de Validación de Títulos.
Los cursos de otros países deben salir del país de origen por un organismo equivalente a Relaciones exteriores y Culto e ingresar a este a la Argentina Relaciones Exteriores y Culto.
Certificación de copias
Para cualquier tipo de certificación es necesario presentar copia y original de la documentación a certificar (sin excepción) en mesa de entradas: no necesariamente debe concurrir el titular, puede asistir otra persona siempre que cumpla con los requisitos anteriormente mencionados.
Certificación de haberes
- Requisitos:
- Original del último recibo de haberes por cada cargo.
- Docentes: se considerarán los importes fijos, habituales y permanentes.
- No Docentes: se considerarán el importe del Básico, Antigüedad y bonificaciones. En el caso de no figurar antigüedad en el cheque, adjuntar Toma de posesión o cuaderno de actuaciones.
Lo percibe el que trabaja en el sistema.
Aclarar situación laboral de la esposa, concubinas o madres menores a cargo, debe efectuarse en forma personal en dependencias Policiales, juzgado de Paz, o Registro Publico de Comercio.
- Requisitos:
- 6 meses de antigüedad para el cobro de la bonificación por única vez.
- Recibo de sueldo.
- Situación laboral del cónyuge y autorización de la misma.
- Certificado de nacimiento.
- Declaración jurada.
Salario por hijo y ayuda escolar
Hasta los 18 años.
Lo percibe uno de los padres.
Si están separados, el que posea la tenencia otorgada por Juez de Menores o Declaración Jurada.
- Requisitos:
- Certificado de nacimiento.
- Recibo de sueldo.
- Toma de posesión.
- Situación laboral del cónyuge.
- Autorización del otro padre.
- Declaración jurada
- Escolaridad de año en curso. Este beneficio corresponde si el agente solicitante tiene trabajado el mes de marzo.
Salario por hijo discapacitado
Física o mentalmente.
Lo percibe uno de los padres.
Si están separados, el que posea la tenencia otorgada por Juez de Menores o Declaración Jurada.
- Requisitos:
- Certificado Médico consignando el porcentaje de la discapacidad.
- Indicar si es permanente o no mediante un estudio otorgado por ente oficial.
- Certificado de nacimiento.
- Recibo de sueldo.
- Toma de posesión.
- Situación laboral del cónyuge.
- Autorización del otro padre.
- Declaración jurada
Bonificación por matrimonio
- Requisitos:
- 6 meses de antigüedad.
- Recibo de sueldo.
- Certificado de matrimonio.
- Declaración jurada
Prenatal
- Requisitos:
- En caso de parejas en concubinato se solicita fotocopia autenticada del carnet de Ioma, en el cual que esta a cargo del agente solicitante.
- 3 meses de antigüedad.
- Recibo de sueldo.
- Certificado de embarazo con f.p.p.
- Este trámite debe ser presentado a las 12 semanas de embarazo.
Bonificación por Adopción
- Requisitos:
- 6 meses de antigüedad.
- Recibo de sueldo.
- Acta otorgada por el juez, donde conste la adopción plena.
- Esta bonificación se cobra por única vez y será imprescindible la adopción plena.
Altas Patrimoniales
Solo deben inventariarse BIENES MUEBLES que pertenezcan al Estado Provincial, incluyendo lo recibido por subsidios o adquirido por excedentes de obras.
No deben incluirse los adquiridos por la Asociación Cooperadora con sus recaudaciones o los que esa entidad recibiera en calidad de donación.
Se deja constancia que esta oficina eleva directamente los registros patrimoniales a las direcciones de cada rama.
Formulario para dar de alta un mobiliario.
Bajas Patrimoniales
La baja de los bienes patrimoniales pueden realizarse por tres causas: por deterioro (pasan a la Asociación Cooperadora), por estar fuera de uso (transferencia a otro establecimiento), por robo.
En caso de dar de baja se debe aclarar el destino de los bienes muebles, con firma y sello original del/a Director/a del Establecimiento, en cada ejemplar.
Formulario para dar de baja un mobiliario.
Nomenclador 2009
Nomenclador 2009: códigos de mobiliario.
Fechas de entrega de movimientos de mobiliario
De no haber movimientos de ALTAS o BAJAS en un período, debe presentarse nota indicando que “no hubo movimiento” mencionado el período.
La Oficina de Patrimonio entregará copia de las Disposiciones emanadas de la Dirección General de Cultura y Educación por las actuaciones que correspondan.
Recuento físico
Al 30 de septiembre de cada año, se realizará el ARF (Acta de Recuento Físico) formulario N°45, que deberá ser retirado y entregado en la mencionada oficina.