Licencias

De acuerdo a la Ordenanza Municipal 2148, el trabajador tiene derecho a las siguientes licencias:

Licencia Días Observaciones
Descanso anual 1 a 5 años: 14 días
6 a 10 años: 21 días
11 a 20 años: 28 días
A partir de 21 años: 35 días
Se computa por días hábiles.
Debe comenzar en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado.
Motivos particulares 5 días por año  
Enfermedad o accidentes de trabajo    
Atención de familiar enfermo 20 días por año Atención de personas que integren un mismo grupo familiar.
Duelo familiar Fallecimiento de cónyuge, hijo, hijastro, madre, padre, padrastro, madrastra o hermanastro: 6 días corridos, si es conviviente; 3 días corridos, si no es conviviente.
Fallecimiento de abuelo o nieto consanguíneos, suegros, cuñados o hijos políticos: 2 días hábiles, si es conviviente.
 
Matrimonio 15 días corridos Se podrán utilizar dentro de los 15 días corridos anteriores o posteriores a la fecha de su matrimonio.
Exámen médico pre-matrimonial 2 días hábiles  
Maternidad y adopción 110 días corridos (30 previos y 80 posteriores al parto)
Nacimiento múltiple: se suman 30 días corridos por cada hijo/a.
 
Paternidad 5 días hábiles  
Pausa alimentación y cuidado de hijo 2 horas diarias Destinadas a cuidado del hijo menor de 12 meses.
Adaptación escolar de hijo 3 horas diarias durante 4 días corridos.  
Donación de sangre día de la extracción  
Pre-examen y examen Carrera universitaria o terciaria: 15 días hábiles por año pre-examen. Día de examen.
Enseñanza media: 9 días hábiles por año pre-examen. Día de examen
Ingreso a carreras universitarias: día de exámen
Primaria: día de examen.
Los días pre-examen son inmediatos anteriores a la fecha fijada para el examen.
Cargos electivos y función política Licencia sin percepción de haberes mientras dure su mandato.  
Actividades gremiales    
Razones deportivas    
Especiales